Preguntas y Respuestas

Preguntas y Respuestas
21 de noviembre del 2007
P: ¿Qué es el Programa de Parole de Reunificación Familiar Cubano (CFRP,
por sus siglas en inglés)?
R: Bajo este programa el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, por
sus siglas en inglés) ofrece una oportunidad a los beneficiarios de las
solicitudes por reunificación familiar, que han sido aprobadas, de emigrar a
los Estados Unidos en lugar de permanecer en Cuba para procesarse por el
estatus de residente legal permanente (tarjeta de residencia). El objetivo del
programa es acelerar la reunificación familiar mediante los canales
migratorios seguros y legales para emigrar a los Estados Unidos de forma
organizada y aplacar la irregular y peligrosa inmigración marítima.
P: ¿Cuál es la autoridad que permite que una persona entre a los Estados
Unidos con un parole?
R: El Acta de Inmigración y Nacionalidad dispone que USCIS puede ejercer
la autoridad de un permiso migratorio (parole) a discreción para “casos por
razones humanitarias urgentes y beneficio significativo de interés público.”
Ver INA § 212(d)(5)(A); 8 U.S.C. § 1182(d)(5)(A); también ver 8 CFR §§
212.5(c) & (d) (autoridad a discreción para otorgar parole).
El Programa de Parole de CFRP suplementará los programas existentes
(Ej.: solicitudes por reunificación familiar o “”, refugiados y parole) para
ofrecer una vía para que los Estados Unidos cumpla con su compromiso de
emitir documentos de viaje bajo los Acuerdos Migratorios Cuba-Estados
Unidos.
Q: ¿Cuáles son las otras vías disponibles para los cubanos que desean
emigrar?
A: Según los Acuerdos Migratorios entre Cuba y los Estados Unidos, este
último intenta ofrecer un mínimo de 20,000 documentos de viajes anualmente
a los cubanos que desean emigrar. A través de este medio, los Estados
Unidos ofrece vías legales y seguras para venir a los Estados Unidos. Hasta
la fecha, la mayoría de los documentos de viaje emitidos según los Acuerdos
Migratorios corresponden a uno de los tres programas: solicitud por
reunificación familiar (“immigrant visa”), programa de refugiados, y el
Programa Especial para la Emigración Cubana o Sorteo Cubano.
P: ¿Por qué otorgar otra autoridad de parole si existen tres vías potenciales
para la emigración legal?
R: Dos aspectos de los programas migratorios existentes limitan la habilidad
de los Estados Unidos para promover la emigración segura, legal y ordenada
a los Estados Unidos como una alternativa a las salidas marítimas ilegales
desde Cuba. Primero, a excepción de los familiares directos (Ej.: cónyuge,
hijo soltero, etc.) de los ciudadanos norteamericanos, el número de visas por
reunificación familiar disponibles está limitado por ley. Ver el Acta de
Inmigración y Nacionalidad (INA) §§ 201(c), 202(a) & 203; 8 U.S.C. §§ 1151
(c), 1152(a), & 1153. Segundo, no se le ha permitido a los Estados Unidos
realizar un nuevo período de inscripción para el Programa del Sorteo desde
1998 debido a las restricciones que el gobierno cubano ha establecido para
dicho programa. Este hecho reduce grandemente la cantidad de personas a
las que Estados Unidos puede otorgarle documentos de viaje.
P: ¿Pudo Estados Unidos emitir 20,000 documentos de viaje en el año fiscal
2007?
R: No. La interferencia del gobierno de Cuba en las operaciones de la
Sección de Intereses de los Estados Unidos (USINT, por sus siglas en
inglés) entorpeció la habilidad de USINT para realizar a toda capacidad sus
funciones migratorias y de otra naturaleza. Como resultado, el gobierno de
los Estados Unidos no pudo procesar el mínimo de 20,000 cubanos para que
emigraran legalmente a los Estados Unidos en el año fiscal 2007.
Q: ¿Incrementará el Parole de Reunificación Familiar Cubano (CFRP) el
número de cubanos que pueden emigrar a los Estados Unidos bajo los
Acuerdos Migratorios?
A: No. Los paroles otorgados bajo el programa CFRP estarán contemplados
dentro de los 20,000 documentos de viajes, como se establece en los
Acuerdos Migratorios. USCIS espera otorgar menos paroles bajo el
Programa de Sorteo para contrarrestar los paroles otorgados bajo el
programa CFRP.
P: ¿Podrán las personas que se procesen bajo el Programa CFRP entrar en
los Estados Unidos durante el primer año de implementación?
R: Aunque algunas personas aprobadas bajo el Programa CFRP podrán
entrar a los Estados Unidos en el primer año de implementación, se anticipa
que el Programa CFRP comprenda varios años para complementar algunos
programas de emigración legal que ayuda a alcanzar la cifra de 20,000
documentos de viajes anuales según los Acuerdos Migratorios.
P: ¿Podrán acogerse al Programa CFRP las personas que califican como
“familiares directos”?
R: No. La participación en el Programa CFRP no está disponible para las
personas que califican como familiares directos según la sección 201(b)(2)(A)
(i) del INA, 8 U.S.C. § 1151(b)(2)(A)(i). Los familiares directos no necesitan
acogerse al programa CFRP, porque ellos pueden optar por visas para viajar
a los Estados Unidos inmediatamente después del recibo de la aprobación
de su reclamación (I-130).
P: ¿Quién tiene amparo bajo este programa?
R: Las personas que residen en Cuba y que son beneficiarias de solicitudes
por reunificación familiar (I-130) que hayan sido aprobado, pero las cuales no
hay disponibilidad inmediata de visa.
P: ¿Quién no tiene amparo bajo este programa?
R: Algunas personas no son elegibles para acogerse al Programa CFRP.
Los cubanos que no residen en Cuba no son elegibles para participar en el
programa. Además, los cubanos
que hayan cometido delitos graves o no pasan los chequeos de seguridad no
se les otorgará parole.
P: ¿Qué debo hacer para que mis familiares participen en el Programa
CFRP?
R: La participación en el CFRP no requiere de formularios adicionales u
honorarios de su parte. Si usted ya ha solicitado con el formulario I-130 y ha
recibido la notificación de aprobación, USCIS o el Centro Nacional de Visas
(NVC, por sus siglas en inglés) del Departamento de Estado lo contactarán
mediante una notificación escrita explicando la elegibilidad del beneficiario
para participar en el Programa CFRP y los procedimientos para solicitar
parole.
P: ¿Qué necesito hacer si ya he llenado el formulario I-130 para mis
familiares en Cuba pero aún no he recibido la notificación de aprobación?
R: No necesita hacer nada hasta tanto haya recibido la notificación de la
aprobación y una notificación por escrito de USCIS o el NVC con relación al
Programa CFRP.
P: Una vez que haya enviado toda la documentación necesaria de mi
beneficiario al NVC, ¿qué necesito hacer después?
R: Una vez que el NVC conste con un paquete del Programa CFRP del
reclamante en los Estados Unidos, NVC le enviará una segunda carta
ofreciéndole instrucciones para que usted programe una entrevista para su
beneficiario. Por favor no llame a USCIS ni a la Sección de Intereses de los
Estados Unidos (USINT, por sus siglas en inglés) en ese momento para
programar una cita.
P: El otorgamiento de parole bajo el Programa CFRP, ¿será de forma
automática?
R: No. El otorgamiento de parole para una persona es discrecional y sobre la
base de un análisis casuístico. Todos los participantes necesitan pasar los
chequeos de seguridad correspondientes y ofrecer información adicional en
caso de solicitarse. Si USCIS decide otorgar parole a su discreción, se
emitirán los documentos de viaje para el beneficiario en Cuba. Estos
documentos de viaje le permitirán al beneficiario viajar a los Estados Unidos
de forma segura, legal y ordenada.
P: ¿Podrá un beneficiario de un parole CFRP solicitar un parole para otro
miembro de la familia que no sea beneficiario de una I-130 aprobada?
R: Beneficiarios del CFRP que sean mayores de 21 años pueden solicitar
parole para ciertos miembros de su familia. En la mañana de su entrevista el
solicitante debe de notificar a los empleados del Consulado que el o ella
desea solicitar un parole a miembro(s) de la familia que no estén incluidos en
la solicitud-130. La decisión final sobre la solicitud del parole es hecha por un
oficial del USCIS. Los solicitantes recibirán el resultado de su solicitud de
parole varias semanas después de su entrevista.

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El total de comentarios publicados sobre este contenido es de: 145

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Hola, quisiera saber si puedO reclamar a mi mama, que esta en Cuba, cOn 18 añOs O si tengO que esperar a cumplir lOs 21 ?! [sOy ciudadana americana]!!!! EsperO respuesta! Es muy impOrtante para mi ! Gracias!!
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0
Publicado por: Claudi. el 25/08/2010 8:38 pm
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por favor a mi me dieron parol,y yo estoy casado,quisiera saber si me esposa tambien entra en el parol?
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Publicado por: osmery el 24/08/2010 1:12 pm
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como puedo saber si mi tia fue aprobado su parol ,por un hijo que tubo entevista
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0
Publicado por: ode el 18/07/2010 7:41 pm
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Soy cubano y vine como refugiado politico hace 4 meses, mi novia quedo embarazada en Cuba y dio a luz recientemente, que tramites necesito hacer para taerlas para Estados Unidos?
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Publicado por: iuris tantum el 21/06/2010 1:24 pm
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soy residente de los EU hace dos anos y quisiera saber si puedo reclamar a mis dos hijos mayores de 21 anos uno es casado y otra es madre soltera o tengo que esperar a hacerme ciudadana,o mi mama es ciudadana y los puede reclamar,hay reclamacion de un ciudadano de abuela a nietos,gracias.
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Publicado por: zule el 17/06/2010 6:20 pm
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mi hermana tiene entrevista para el 2012 pero ella no es la principal en su reclamacion es la suegra,creen q mi hermana pudiera darme parol ,y yo en este caso podria darle parol a mi otro hermano espero respuesta a mi correo ssyalami@yahoo.es gracias
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1
Publicado por: terina el 08/06/2010 6:08 pm
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Realmente, deberian de no permitir tantas personas venir de visitas y agilizar un poco el programa de reunificacion fammiliar, la mayoria de estas personas se quedan al año y un dia obtienen los beneficios y las personas que estamos esperando tenemos que esperar a discrecion si vienen o no nuestros familiares y la entrevista se demora mas de 2 años. Estoy reclamando a mis hijos y hace 20 años que vivo en este pais, Soy cuidadana, y debo seguir esperando? Gracias.
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Publicado por: Margarita el 29/05/2010 1:41 pm
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Hola,tengo un hermano en cuba y quisiera saber como lo puedo ayudar para sacarlo de alla.me gustaria saber si puedo hacer una peticion por reunificacion familiar.
Gracias.
Nando
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Publicado por: Nando el 06/05/2010 6:02 pm
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mi esposa (cubana/peruana), mi 2 hijos menores peruanos y yo peruano, hemos recibido la visa de turismo. quisieramos saber como hacer una vez halla en USA, ya que mi esposa tiene tambien pasaporte cubano y carnet de idnetidad cubano, para acogernos a la ley de ajuste cubano. tenenmos entendido que lo podemos solicitar los 4 a la vez y que al año y un dia obtenemos la residencia, que beneficios nos tocan, cualquier orientacion vale
gracias
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1
Publicado por: quique el 28/04/2010 10:41 pm
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yo guiero saber ,soy ciudana americana y estoy haciendo la reclamacion de mi madre,yo tambien tengo gue sacar turno para la entrevista en cuba,por favor necesito saber como funciona este tipo de reclamacion
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Publicado por: noelvys el 27/04/2010 6:04 pm
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hola soy cubana,pero hace 2 años que mi mama se fue para los estados unidos al igual que mis hermanos yo soy la mas pequeña pero tengo 33 años y ya tuve mi entrevista ,que mi reclamacion fue por parol de mi mama el cual me fue denegado en el 2008 y 3 meses despues mi hermano mayor que es ciudadano americano vino a reclamar por que su hermana se quedaba teniendo a toda su familia alla despues de 6 meses me aceptaron y la entrevista me la dieron para este año la cual ya la tuve solo estoy esperando la repuesta ¿acaso despues que te aceptan de nuevo el caso,eso no quiere decir que estoy aprobada? solo quiero estar con mi mama
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4
Publicado por: la china el 24/04/2010 1:48 am
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Soy ciudadana americana. Hace un año reclame a mi hermano de madre y padre con su esposa y su hijo. Tienen la entrevista en diciembre de 2011. Ahora me dicen que ella esta esperando otro hijo. En que afecta eso la reclamacion? Tiene que sacarselo o puede incluirlo? Como incluirian a ese nuevo bebe en la reclamacion? FAVOR NECESITO RESPUESTA URGENTE.
Gracias, Nina
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Publicado por: Santos Suarez el 31/03/2010 11:43 am
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hola, a todos buenas noches, soy cubana y tengo una gran inquietud soy casada con un ciudadano americano deje un parole a mi familia(5)padres, hermana y dos sobrinos que fueron aprobados y esperan ultima entrevista en junio de este ano pero mis padres temen el venir para aca por su salud y su edad que beneficios tendrian ellos aqui que yo les pueda explicar para que no teman el venir conmigo a este pais maravilloso y donde tanta falta me hecen y yo les hago a ellos y no sentirme culpable si algo les pasara y no tubieran ayuda?alla se desconce de los beneficios que puedan ellos tener aqui y yo estoy poco informada al respecto. me pueden ayudar por favor?
gracias
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0
Publicado por: rosa el 28/03/2010 1:29 am
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Despues de haber leido varios comentarios, me preocupa el tiempo que se demore mi esposa en recibir la cita para su entrevista, todavia no he empezado a hacer los tramites, soy nacido en Cuba pero de ciudadania Americana.
Muchas Gracias
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1
Publicado por: ALKIS el 22/03/2010 12:38 am
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sOY CUBANO DE NACIMIENTO Y RESIDO EN US DESDE 1991 ESTOY RETIRADO Y TENGO ESPOSA Y UN HIJO, QUE GESTION DEBO DE HACER PARA RESIDIR CON MI FAMILIA EN CUBA
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0
Publicado por: JOSE R ARENCIBIA el 18/03/2010 9:24 am
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buenas noche por fabor tengo una inquietud sobre la solicitud del parol de mi hijo mi mama como ciudadana americana solicito mi reclamacion y la de mi hijo en el 2007 le consedieron la entrevista para abri 7 del 2009 ya para esa fecha mi hijo tenia 23 anos de edad ahi me dijeron que solicitara parol para el pues el tenia mas de 21 anos de edad inmedistsamente hice la solicitud el 12 de mayo del 2009 fui visada y me dijeron que esperara el telegrama de la aprobacion del parol el cual no llego entre a los EEUU en julio del 2009 y aun no le ha llegado el telegrama a mi hijo yo pregunto que debo haces porque estoy muy preocupada ya casi hace un ano de la solicitud del parol y aun sigo esperando yo y mi unico hijo por favor le pido una explicacion para mi caso la pueden mandar a mi email odalys51@hotmail.con le agradecere su respuesta muchas gracias
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1
Publicado por: odalys v. Rodriguez Perez el 14/03/2010 11:09 pm
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tengo una inquietu sobre la solicitud de parol de mi hijo mmi mama como ciudadana americana me hizo mi reclamacion en el 2002 fui a entrevista el 7 de abril ese mismo dia solicite parol para mi hijo mayor de edad al cual no aprobaron con la solicitud de mi senora madre pues el tenia 23 anos fui visada el 12 de mayo y me dijeron que esperara por un telegrama la aprobacion del parol de mi hijo la cual no llego en el termino que me dijeron entre a los EEUU en julio y aun mi hijo no ha recibido la aprobacion del parol que devo hacer ya que estoy bastante preocupada porque ya hace 11 meses y aun no ha llegado la aprobacion del mismo espero su respuesta a mi coreo electronico se lo agradeceria muchas gracias
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0
Publicado por: odalys v. Rodriguez Perez el 14/03/2010 10:53 pm
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Mi nombre es Roberto y entre a los EE.UU en Octubre del 2007 por parole. Al hacerme residente hago la reclamacion de mi esposa en agosto del 2009, todo fluyo bastante rapido hasta el 16 de enero del 2010 en que recibo la notificacion de la aprovacion de la misma para viajar a los EE.UU por la nueva ley de CFRP pero al contactar a la oficina de intereses de los EE.UU en Ciudad Habana para la confirmacion de la cita la misma me la dan para el 23 de agosto del 2012!!! Que puedo hacer o que me recomienda para acortar el tiempo de dicha entrevista para nuestra reunificacion? Por favor necesito ayuda. Espero su respuesta. Gracias por la ayuda que me pueda brindar.
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3
Publicado por: Roberto T. Adan el 11/03/2010 5:19 pm
Red Social Cubanos Estados Unidos
El que ya tiene la carta de la antorcha de haberse recibido la reclamacion,debe llamar a La habana para sacar el turno para la entrevista.No esperar a que le den el turno.
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Publicado por: el gato el 08/03/2010 11:57 am
Red Social Cubanos Estados Unidos
HOLA MI HERMANO COMO CIUDADANO AMERICANO COMENZO EL PROCESO DE RUNIFICACION FAMILIAR DE HERMANO A HERMANO PARA MI MI ESPOSO Y MIS DOS HIJO ,YA TENGO TURNO DE ENTREVISTA PARA JULIO DEL 2012 ,SE Q EXISTEN FORMAS LEGALES DE ADELANTAR LA FECHA DE ESTA CITA QUISIERA SABER COMO?
ESPERO LA RESPUESTA LA ENVIEN A MI CORREO
GRACIAS
En Contra A Favor
1
Publicado por: bia el 22/02/2010 9:25 pm
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